Después de varias idas y vueltas, se confirmó el aumento de las retenciones a las exportaciones agrícolas. En este comentario nos referiremos particularmente a la soja.
En principio los productores de esta oleaginosa son aproximadamente un 65% Pymes. La producción agrícola no es comentario frecuente en esta columna, por ello solamente nos referiremos a lo que significa ese nuevo impuesto a este segmento de empresas. Más adelante se intentara explicar por qué se las vincula no como empresas en sí, sino por sus implicancias colaterales.
Un análisis necesario para evidenciar su impacto deberá atender a algunas consideraciones y cálculos, muchos de ellos teóricos. En principio, no es que las retenciones aumentan un 3%: el aumento es del 10% ya que ese 3% es el 10 del régimen anterior. Una muy inteligente manera de presentarlo a la opinión pública con la finalidad de minimizar su cuantía. En números: con el régimen anterior la retención era del 30% de un dólar de $59,00, o sea, el productor recibia $41,30 por dólar. Con el nuevo esquema, recibe $39,53. Esa diferencia de $1,77 sería lo que recaudaría el Estado con el incremento de la retención a la soja. De todas maneras no es motivo de esta nota analizar el costo del agricultor.
Las cifras oficiales, según autoridades del Gobierno, el incremento significaría no ms de usd 400 millones en la recaudación, cifra no significativa según el análisis que se haga. En el caso que nos ocupa, todo indicaría que son utilidades que el productor deja de percibir.
¿Dónde es objetable este incremento? En primer lugar vuelve a alterar un derecho adquirido que ya no estaba calculado por los productores en sus costos, en segundo lugar, esas utilidades podrían tener dos destinos: o la inversión o el gasto.
Respecto a la inversión, no tiene sentido ya que no se justifica dado el potencial ocioso producido por una baja en la superficie a sembrar para la próxima cosecha (según expertos), máxime si las expectativas de rentabilidad futura se recortan.
Es válido entonces evaluar el impacto económico de esa masa de dinero que sí adquiere una dimensión importante cuando se supone que el productor lo “gastará” en la localidad en la que se desenvuelva en su vida cotidiana. Ese dinero va a otros comercios, servicios, etc. los que a su vez vuelcan esos ingresos nuevamente al circuito productivo. El virtuosismo del mercado.
Y es ahí donde se empieza a deteriorar lo que supuestamente el Estado retuvo para incrementar sus ingresos: los tres puntos porcentuales disminuyen el monto imponible para el cálculo del Impuesto a las Ganancias del productor. Otra parte de la perdida es la que sufren las economías regionales por la disminución de recaudación por impuestos como por ejemplo, Ingresos Brutos el que se multiplica tantas veces como eslabones de la cadena de producción se vea afectada por ese impuesto. Estos son parte importante de la financiación de los gastos de los municipios y al fin, de cada provincia.
Un cálculo muy aproximado daría como detraimiento de la recaudación global más de un 40%/45%, quedando solo para el Estado Nacional o Provinciales un 55%/60% del monto total. Cabe consignar, como si eso fuera poco, un factor más -difícil de medir- que no colabora con la generación de empleo.
Cabe preguntarse, en definitiva, si vale la pena generar un conflicto y apelar a una medida poco simpática por un monto tan exiguo para las arcas del Estado.
Entonces, ¿es una medida de ajuste económico o es una medida que apunta más a una clara señal política? La respuesta quedara para la reflexión de cada lector.
Osvaldo Dapuetto
marzo 11,2020