LA GENERACION DE EMPLEO
Hace ya mucho tiempo se viene propiciando como expectativa de crecimiento económico del Pais la creación de nuevos puestos de trabajo, y mas enfáticamente, en los últimos años. Se ve a la PyME como el motor mas efectivo para lograr el objetivo, especialmente de todo el espectro político y también por innumerables economistas de todas las tendencias conocidas.
Muy acertado el planteo, sea cual fuere el punto de vista para analizar su necesidad. Pero a la hora de que esa aspiración se concrete y dejando de lado los vaivenes de la economía, el mismo no logra afianzarse como una de las salidas importantes a efectos de lograr la llamada “inclusión social” y crecimiento del aporte al PBI, el que se lograría de cumplirse con el objetivo.
Soslayando el factor de la economía en general, hay una cuestión que cada tanto aparece para satisfacer el oído de muchos por parte de la política, pero que esta sistemáticamente hace oídos sordos a una imprescindible reforma del sistema de contratación de personal.
En este punto cabe apuntar a no menos de dos factores que deben modificarse para que esa expectativa pueda ser satisfecha (hay muchos mas):
i) Reforma de la ley 20.744 de Contratos de Trabajo que ya tiene varias decadas de vigencia. Flexibilización, régimen de despidos, sistemas impositivos, indemnizaciones y un cumulo de obligaciones que lo único que hacen es ahuyentar la perspectiva de incorporar personal al posible empleador, forzando de esta manera al trabajo informal.
ii) Un sistema de justicia laboral, que en caso de litigios, hace de un simple despido una posible sangría de las finanzas de cualquier PyME, con el agravante que tampoco favorecen al trabajador y lo mantiene, además, largo tiempo en interminables juicios y costos que se agregan a la posible indemnización en si.
Vamos a referirnos en primer lugar a la informalidad. Los riesgos a que se exponen tanto trabajadores como empleadores son multiples.
El trabajador no tiene estabilidad en su empleo, pierde la oportunidad de estar amparado por un sistema de cobertura medica, no tiene la seguridad de una cobertura de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo, en muchos casos no cobra ni vacaciones ni aguinaldo y vive todos los días con la zozobra de no saber por cuanto tiempo mas podrá ganar su subsistencia y la de su familia. Y esta enumeración es solamente enunciativa, hay muchos otras circunstancias que lo perjudican.
De parte del empleador corre los mismos riesgos de no poder inscribir a su dependiente en una ART, con el riesgo que ello conlleva, no puede descargar el costo del salario de sus ganancias y no logra tener personal que realmente mejore en su capacidad e idoneidad de trabajo por las implicancias que se enumeran mas arriba.
En esta breve síntesis respecto a la necesidad de una reforma de fondo de la relación contractual empleador-empleado, faltara evaluar el impacto que sufre una PyME ante el eventual enfrentamiento a un juicio laboral, sea de los trabajadores formales como informales. En muchos casos, puede poner en riesgo la empresa por las sumas siderales que a causa de una serie de regulaciones se ve sometida. Denuncias infundadas de pagos “en negro”, de acoso de todo tipo muy en boga en esta época, testigos invalidos que son tenidos en cuenta por algunos Juzgados del Fuero, duplicación de indemnizaciones para lo que supuestamente el Estado castiga a quien evadio la carga impositiva (que jamas le llega), etc. son moneda corriente en cualquier demanda que se inicia con una simple notificación fehaciente por parte del supuesto damnificado.
En alguna entrega futura, propondremos una idea de proporcionar el monto de la indemnización al total de la masa salarial de la empresa querellada y un plan de pagos en cuotas de cumplimiento posible que solucionen el problema del trabajador que pierde su empleo y debe subsistir hasta lograr un nuevo trabajo y que, a la vez, sea de posible cumplimiento por parte del empleador.
Una materia pendiente de nuestros Legisladores.
Osvaldo E. Dapuetto