FEMICIDIOS VIEJA PANDEMIA
Paola A. Lammardo
25 de mayo de 2029
Si bien es cierto que el aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el Gobierno Nacional, ha sido para evitar la propagación del COVID 19, no ha detenido la pandemia de los femicidios.
Mientras el país se conmueve con el número de muertos a manos del virus global, no ocurre lo mismo con las mujeres víctimas de la violencia sexual que sufren día a día con el encierro.
La cuarentena colocó en una situación de mayor peligro a las mujeres. Ello se debe a que viven las 24 horas del día con el agresor en sus casas, quedando más expuestas a sufrir situaciones violentas, con el consecuente peligro de femicidio. A este escenario, le sumamos el estrés, intolerancia, mayor consumo de alcohol, angustia, la imposibilidad para afrontar los gastos cotidianos y el malestar que produce la crisis económica, la que indudablemente aumentará, si tenemos en cuenta que la mayoría de los integrantes de estas familias tienen un trabajo informal o directamente no lo tienen.
Sin duda, el confinamiento, ha convertido al hogar en una trampa mortal. La violencia doméstica se potencia en la convivencia con un maltratador y en las dificultades de pedir ayuda.
Como sociedad, sin diferencia de sexo, la violencia de género es un grave problema que nos involucra a todos. El femicidio, es la forma más extrema de aquella, el cual según el artículo 80, inciso 11° del ordenamiento penal argentino, constituye el hecho de “dar muerte a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.(3)
Más allá del marco jurídico de protección internacional y nacional existente en la Convención de Belém do Pará, ratificada por Argentina en 1996, que define la “violencia contra la mujer” como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (art. 1°), y la incorporación a nuestra legislación del concepto de femicidio, no fueron suficientes para evitar los asesinatos que continúan sucediéndose, acentuándose ahora con el aislamiento que pasó a constituir la clave para la violencia contra las mujeres.
Y si a ello le agregamos, que las fuerzas de seguridad ocupadas con los controles del COVID19, minimizan los pedidos de ayuda de mujeres que sufren violencia de género, lamentablemente ello nos permite visualizar hoy, dos pandemias en el mundo: una sanitaria y otra de violencia machista –violencia de género y femicidios-, ambas asesinando y enfermando a miles en todo el planeta.
Evaluaciones estadísticas recientes, marcan que fueron asesinadas 86 mujeres en nuestro país por motivos de género hasta el 20 de marzo. A partir de esa fecha, en que se dispuso la cuarentena, hasta fines de mes se registraron 26 femicidios en solo once días. Entre las víctimas, se encuentran las que habían realizado una denuncia previamente y las que sus femicidas, ya tenían alguna medida judicial. Asimismo, el 60% de los femicidios ocurrió en la vivienda de la víctima o compartido, y el 67% fueron cometidos por parejas o ex parejas de las víctimas. (4)
Resulta aún más alarmante analizar el problema estadísticamente, si tenemos en cuenta, por ejemplo, que cada 30 horas, una mujer es asesinada en nuestro país por motivos que involucran violencia de género. (5)
La mayor parte de la violencia machista opera en el silencio y la impunidad. Ello sucede porque el sistema amparó a lo largo del tiempo, cualquier tipo de violencia contra las mujeres, logrando la protección del agresor, entre otras características, por el silencio –en la familia o en la sociedad-relacionado éste con el poder que el mismo ejerce. Bárbara Tardón explica en su artículo “Cultura de la Violación y Violencia Sexual”, que: “El poder es utilizado por el agresor porque sabe que puede imponer el secreto sobre la víctima, pero también sobre el entorno”. (6)
Esta pandemia deja al descubierto las grandes fallas en perspectiva de género que tienen la policía y la justicia, como así también, la enorme dificultad del Poder Judicial de monitorear a los denunciados, de realizar efectivos controles. En numerosos casos en los cuales hay denuncias, los femicidas aun cumpliendo con alguna medida ordenada por la justicia, consiguieron acercarse a las víctimas y asesinarlas.
Es evidente que estamos en emergencia y como tal, se requiere de medidas excepcionales extremas. Me pregunto: si se han tomado medidas por la emergencia sanitaria para combatir el Covid-19, ¿por qué no se destina mayor presupuesto y políticas públicas concretas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia hacia las mujeres?
No debemos soslayar, que la mujer está aislada de la familia, amigos, compañeros de trabajo, redes sociales, lo que propicia el ambiente perfecto para la manipulación del opresor, logrando que se no se visibilice el contexto de violencia en que la tiene enfrascada.
Los problemas para combatir la violencia se agravan aún más en este período extraordinario que nos toca recorrer, por lo que los diferentes órganos del Estado tienen la obligación de continuar luchando contra esta pandemia -“violencia machista”-, por los compromisos asumidos y tratados internacionales de Derechos Humanos suscriptos por nuestro país. Postergar esta problemática, puede conducirnos a que el número de muertes, no se produzcan solo por la pandemia sanitaria, sino también por la imparable violencia de género.
El camino por transitar aún es extenso y nada simple, sobretodo porque la pandemia -“violencia machista-”, es crónica, silenciosa y con altos niveles de impunidad. De todas maneras, debemos abrigar la esperanza de que encontremos el antídoto que la extermine para que no haya NI UNA MENOS.
Autora : Secretaria Fiscalía General ante el Tribunal Oral Federal de San Martín N° 1
(3) “Protocolo para la Investigación y litigio de casos de muertes violentas de mujeres (femicidios), UFEM/ Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, 2018, pág. 12, pto. 3.1”: Artículo 80 inciso 11 del Código Penal Argentino: contiene una clase específica de violencia, la violencia de género, cuyo contenido y sentido están referidos a lo establecido en la Convención Interamericaca para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, en la ley 26.485 y su decreto reglamentario 1011/2010.
(4) Conteo del Observatorio “Ahora que sí nos ven”, organismo encargado de realizar el relevamiento mensual de los casos que aparecen en los medios de comunicación impresos y digitales.
(5) Cornejo, Jesús. Femicidios: El drama de las mujeres asesinadads por sus hombres. La Nación, 28/04/15.
Disponible en: https://www.lanacion.com.ar/seguridad/femicidios-el-drama-de-las-mujeres-asesinadas-por-sus hombres-nid1788149
(6) Bárbara Tardón Recio, Jesús Pérez Viejo, Cultura de la violación y Violencia sexual.
Disponible en: https://www.lamarea.com/2016/11/24/cultura-la-violacion-complicidad-silencio-torno-la-violencia-sexual/